21 jul SINTESIS INFORMATIVA N° 15/2023
Modificación de las condiciones para la determinación e ingreso de anticipos de ganancias para las MIPYMES categorías Micro, Pequeñas y Medianas tramo 1 y 2.
RG (AFIP) 5388/2023. B.O. 20/07/2023.
A través de la Resolución General (AFIP) 5388/2023, se establece que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 y Tramo 2, a partir de los ejercicios iniciados en el mes de agosto de 2023, determinarán la totalidad de los anticipos del impuesto a las ganancias aplicando un 10%, sobre la base para determinar los mismos, quedando así 10 anticipos sobre el mismo monto.
Esto será de aplicación, como se menciona previamente, para ejercicios iniciados a partir del 1/8/2023, es decir, la norma será de aplicación por primera vez en los siguientes cierres de ejercicio:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, julio de 2023.