07 jul SINTESIS INFORMATIVA N° 27/2025
IMPUESTO PAIS – implementación del procedimiento especial de devolución de pagos a cuenta no computados por operaciones de importación –
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5720/2025 B.O.: 07/07/2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó un nuevo mecanismo para que importadores recuperen pagos a cuenta del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) que no hayan podido ser utilizados. A través de la Resolución General 5720/2025, (B.O. 7/7/2025), se estableció un procedimiento especial que permitirá computar esos saldos a favor en la cancelación de derechos de importación exclusivamente.
Este régimen alcanza a operaciones realizadas entre diciembre de 2019 y diciembre de 2024, período de vigencia del impuesto. Puede optarse por este régimen sólo por el saldo a favor generado por las operaciones encuadradas en el marco de los Decretos Nros. 433/23, 14/24 y 777/24 que no pudieron aplicar los pagos anticipados al tributo, generando créditos fiscales sin posibilidad de uso.
El procedimiento especial previsto en la presente norma resultará de aplicación, en una etapa posterior, respecto de los casos en los que el saldo a favor, derivado de pagos a cuenta no computados o computados parcialmente, provenga de otros orígenes no contemplados expresamente en esta reglamentación.
Con esta medida, la AFIP busca resolver una situación que afectaba a numerosos operadores que, pese a haber abonado anticipos del tributo, no pudieron computarlos por modificaciones normativas o beneficios especiales. El procedimiento apunta a regularizar la situación fiscal de esos contribuyentes, evitando litigios y brindando previsibilidad para futuras operaciones de comercio exterior. Entendemos que la posibilidad de aplicar el saldo solo contra derechos de importación y no además contra otros impuestos nacionales, como por ejemplo impuesto al valor agregado, impuestos a las ganancias, etc. resulta cuestionable.
Para canalizar esta devolución, se crea un “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS”. Los importadores deberán inscribirse a través del sitio web de ARCA utilizando su clave fiscal, entre el 8 de julio y el 22 de agosto. La inscripción se formaliza mediante una declaración jurada (DJIP) que servirá de base para determinar el crédito a reintegrar.
Si no se detectan inconsistencias, el sistema generará automáticamente un crédito utilizable en el Sistema Informático MALVINA, en cuotas mensuales, según el monto del saldo:
- Hasta $4 millones: 1 cuota
- Entre $4 y $10 millones: 6 cuotas
- Entre $10 y $100 millones: 12 cuotas
- Más de $100 millones: 24 cuotas
La primera cuota estará disponible el 8 de septiembre de 2025. La devolución incluirá intereses, pero solo podrán aplicarse a la cancelación de derechos de importación y no serán reintegrables en efectivo.
El régimen es optativo. Quienes deseen adherir deberán desistir expresamente de cualquier reclamo administrativo o judicial anterior relacionado con la devolución de esos pagos, mediante la presentación del Formulario 408/PD en el sistema de “Presentaciones Digitales”.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, julio de 2025.