20 ago SINTESIS INFORMATIVA N°38/2019
Resolución General (AFIP) 4547 – Reducción del 50% del importe de los anticipos de impuesto a las ganancias que deben ingresar las personas humanas en los meses de octubre y diciembre de 2019.
A través de la Resolución General (AFIP) 4547, se establece que el segundo y tercer anticipo del impuesto a las ganancias que deben ingresar las personas humanas en los meses de octubre y diciembre de 2019 deben calcularse aplicando sobre la base de cálculo el porcentaje del 10% en reemplazo del 20%. Es decir, la mencionada medida reduce en un 50% el saldo a ingresar correspondientes a los anticipos con vencimiento en octubre y diciembre de 2019.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Agosto de 2019.