SINTESIS INFORMATIVA N° 46/2024

SINTESIS INFORMATIVA N° 46/2024

Nuevo Sistema Rubrica Digital en Pcia. Bs As. SITRADIB. Recordatorio (Res 147/2024)

 

Les recordamos que según la Res del ministerio de trabajo 147/2024 a partir de septiembre de 2024, el sistema SITRADIB digitalizará la rúbrica de documentación laboral en la provincia de Buenos Aires, reemplazando los métodos previos de forma presencial y online.

El mismo entra en vigencia a partir de septiembre de 2024, previéndose que el Sistema de Trabajo Digital Bonaerense reemplaza y unifica la rúbrica de documentación laboral que anteriormente se presentaba de manera presencial en las delegaciones para su rúbrica, como así también la rúbrica realizada a través de la web de AFIP.

Para acceder a la nueva plataforma, los empleadores deberán tener constituido el domicilio electrónico provincial, para luego adjuntar la documentación a rubricar con la firma digital correspondiente.

El ingreso al SITRADIB se debe realizar a través del Portal de Trabajo, al cual se puede acceder a través del siguiente link: https://www.trabajo.gba.gov.ar/delegaciones/Portal/portal_servicios.asp

A partir del 02/09/24 pueden acceder en forma voluntaria los empleadores que así lo deseen, para ir empadronándose y constituyendo domicilio.

Al mismo tiempo, se establece que todas las hojas móviles adquiridas y no recibidas, serán reconvertidas en saldo a favor para rubricar a través del nuevo sistema.

La norma fija que la obligatoriedad para la utilización del SISTEMA DE TRABAJO DIGITAL BONAERENSE (SITRADIB) y la “VENTANILLA ÚNICA DIGITAL” se implementará gradualmente según las siguientes etapas:

a) Los empleadores que al momento de entrada en vigencia de la presente rubrican microfichas, cualquiera sea el número de empleados/as que tengan, deberán adecuarse al sistema a partir del día 1° de Octubre de 2024.

b) Los empleadores que ocupen a cincuenta (50) o más trabajadores/as y que al momento de la entrada en vigencia de la presente Resolución utilicen otra modalidad de rúbrica, deberán adecuarse al sistema a partir del día 1° de Noviembre de 2024.

c) Los empleadores que ocupen a menos de cincuenta (50) y que utilicen otra modalidad de rúbrica deberán adecuarse al mencionado sistema a partir del día 1° de Diciembre de 2024. En todos los casos deberá existir correlatividad temporal entre la presentación manual y la presentación en la plataforma digital.

Por lo cual, hasta el ingreso al sistema digital debería hacerse la rúbrica de los libros en formato papel y a partir de la fecha que corresponda según cronograma anterior debería pasar al nuevo sistema de libro.

Asimismo, la norma prevé la implementación del legajo Digital para todos los empleadores que tengan domicilio legal o fiscal, establecimientos localizados y/o personal que desarrolle tareas dentro de la provincia de Buenos Aires, por lo que deberían realizar el reempadronamiento y/o la inscripción en el LEGAJO DIGITAL DEL EMPLEADOR.

Teniendo la obligación de mantener actualizados los datos allí consignados, suministrando la información y documentación solicitada por el Ministerio a tal fin.

 

 

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, septiembre de 2024.