10 dic SINTESIS INFORMATIVA N° 49/2025
Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos Brutos P.B.A – ARBA implementa la inscripción automática de oficio. RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA) 29/2025 B.O.:03/12/2025
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Resolución Normativa ARBA 29/2025, modifica la Resolución Normativa ARBA 20/2021 y establece un procedimiento para inscribir de oficio a los sujetos adheridos al Monotributo nacional que tengan domicilio fiscal en la Provincia de Buenos Aires y no se encuentren registrados en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ni en el Régimen Simplificado local.
La medida apunta a los Monotributistas nacionales (adheridos al régimen de la Ley 24.977) que cumplen dos condiciones:
1. Poseen domicilio fiscal en la Provincia de Buenos Aires.
2. No están inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) local ni en su Régimen Simplificado.
ARBA ejerce una facultad legal para utilizar información sistémica y realizar la inscripción de oficio en el Régimen Simplificado de IIBB, asumiendo que estos contribuyentes desarrollan actividad gravada en la provincia.
Procedimiento de Notificación y Plazos:
El proceso de inscripción no es inmediato, sino que otorga un derecho de defensa previo al contribuyente:
1. Notificación: ARBA inicia el proceso intimando al sujeto en su domicilio fiscal electrónico.
2. Plazo: El contribuyente tiene 10 días hábiles administrativos desde la notificación para:
a) Regularizar su situación, formalizando su inscripción.
b) Presentar un descargo justificado si considera que no corresponde su inscripción en la provincia.
3. Ejecución: Si el plazo vence sin que el contribuyente responda o regularice, ARBA procede a la inscripción de oficio.
Mecanismo de defensa (Descargo)
Si el contribuyente no realiza actividad en la Provincia de Buenos Aires (por ejemplo, solo alquila su vivienda, exporta, o desarrolla su actividad en otra jurisdicción), puede presentar un descargo a través del sitio web de ARBA.
Para que el descargo sea válido, debe estar respaldado por la documentación pertinente al motivo alegado (por ejemplo, el contrato de alquiler vigente, constancia de inscripción en otra provincia, etc.).
Si el descargo es aceptado, ARBA ordena el archivo de las actuaciones, dando por finalizado el procedimiento contra ese contribuyente.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, diciembre de 2025.