(Español) Impuesto a las Ganancias. Régimen de retención rentas ...
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SINTESIS INFORMATIVA N° 05/2018

SINTESIS INFORMATIVA N° 05/2018

Impuesto a las Ganancias. Régimen de retención rentas del trabajo en relación de dependencia, actores y otros. Plazos para la presentación del F. 572 Web SIRADIG anual, y obligación de presentar declaraciones juradas patrimoniales.

Mediante la Resolución General AFIP N° 4189-E, se extiende al 31 de marzo de cada año el plazo del que disponen los trabajadores en relación de dependencia para informar, a través del F. 572 Web SIRADIG, la información correspondiente a las deducciones anuales.

Como consecuencia, se extiende el plazo para los agentes de retención hasta el último día del mes de abril de cada año el plazo para que efectúen la liquidación anual, y durante el mes de mayo deberán retener o reintegrar las diferencias que pudieran haberse producido, excepto que entre el 1º de enero y la mencionada fecha se produjera la baja o retiro del empleado. En este caso deberá practicarse juntamente con la liquidación final.

Asimismo, se incrementa a $ 1.000.000 el importe de las rentas brutas percibidas anualmente que obliga a los empleados en relación de dependencia a presentar la Declaración Jurada informativa del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

Las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del período fiscal 2017.

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Enero de 2018.