(Español) Implementación del registro de domicilios de explotación. Resolución AGIP
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SINTESIS INFORMATIVA N° 14/2021

SINTESIS INFORMATIVA N° 14/2021

Implementación del registro de domicilios de explotación. Resolución (AGIP) 312/2020.

Desde el 1 de marzo hasta el 31 de mayo los contribuyentes y/o responsables obligados deben completar el Registro de Domicilio de Explotación creado por medio de la Resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 312/2020

Recordamos que al respecto, la declaración del domicilio de explotación resulta exigible para:

– Los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos bajo Categoría Locales.

– Los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos que tributen bajo las normas del Convenio Multilateral, en la medida que posean establecimiento, local, sucursal u oficina situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

– Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos -excepto art. 272 del Código Fiscal vigente-.

– Contribuyentes exentos del impuesto sobre los ingresos brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La aplicación ya se encuentra disponible en el el sitio oficial de AGIP -www.agip.gov.ar- ingresando con CUIT y Clave Ciudad, Nivel 02.

 

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, marzo de 2021.