(Español) Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas. Se extiende el plazo...
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SINTESIS INFORMATIVA N° 34/2017

SINTESIS INFORMATIVA N° 34/2017

RG (AFIP) 4120–E. Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas. Se extiende hasta el 1/11/2017 el plazo para inscribirse en el Registro.

A través de la RG (AFIP) 4120–E se extiende hasta el 1/11/2017 el plazo para efectuar la inscripción en el Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas.

Cabe recordar que los agentes de retención del régimen general –RG (AFIP) 830-, cuando efectúen un pago a los sujetos obligados a inscribirse en el Registro, deberán verificar la existencia de la “Constancia de alta de tierras rurales explotadas” y su “Código de Registración” correspondiente al contrato para determinar el importe de la retención aplicable, y cuando no exista la citada constancia y su correspondiente “Código de Registración”, deberán aplicar la mayor de las alícuotas aplicable al tipo de operación, sin considerar el monto no sujeto a retención. Tendrá vigencia a partir del 1/11/2017.

A partir del 1/12/2017, la “Constancia de alta de tierras rurales explotadas” podrá ser presentada en reemplazo de la documentación que se solicita para dicho inmueble en el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas – RG (AFIP) 2300.-

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Septiembre de 2017.