07 ene SINTESIS INFORMATIVA N° 03/2022
Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios (SIMPES).
RG (AFIP) 5135/2022 (B.O. 07/01/2022).
A través de la RG (AFIP) 5135, se implementa el Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios (SIMPES). Dicho sistema será aplicable a las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas – cualquiera sea la forma que adopten – que deban realizar pagos al exterior por cuenta propia o de terceros; o actúen como ordenantes del pago para cancelar obligaciones propias o de terceros.
A tal efecto, los sujetos obligados deberán proporcionar a través del servicio “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios” (SIMPES) en la web de AFIP, la información indicada en el micrositio https://www.afip.gob.ar/Simpes/. prestando consentimiento expreso a efectos que la misma sea remitida al Banco Central de la República Argentina (BCRA) para su intervención en el marco de sus competencias.
Una vez proporcionados los datos requeridos, la AFIP analizará:
- La situación del sujeto a partir de la información disponible en sus registros.
Atención: En el caso que se detectaren incumplimientos o irregularidades formales se solicitará su subsanación, a efectos de avanzar en la generación de la declaración SIMPES.
- La capacidad económica financiera del sujeto mediante el “Sistema de Capacidad Económica Financiera” (Sistema CEF).
Para concluir, indicamos a continuación los servicios incluidos y excluidos del SIMPES:
- Quienes realicen pagos al exterior por los siguientes conceptos de servicios están obligados a realizar una solicitud a través de SIMPES:
Código | Descripción |
S01 | Mantenimiento y reparaciones |
S04 | Otros servicios de transportes |
S05 | Servicios postales y de mensajería |
S07 | Servicios de construcción |
S08 | Primas de seguros |
S09 | Siniestros |
S10 | Servicios auxiliares de seguros |
S11 | Servicios financieros |
S12 | Servicios de telecomunicaciones |
S13 | Servicios de informática |
S14 | Servicios de información |
S15 | Cargos por el uso de la propiedad intelectual |
S16 | Servicios de investigación y desarrollo |
S17 | Servicios jurídicos, contables y gerenciales |
S18 | Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública |
S19 | Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos |
S20 | Servicios de arrendamiento operativo |
S21 | Servicios relacionados con el comercio |
S22 | Otros servicios empresariales |
S23 | Servicios audiovisuales y conexos |
S24 | Otros servicios personales, culturales y recreativos |
- Quienes realicen pagos al exterior por los siguientes conceptos de servicios no están obligados a realizar una solicitud a través de SIMPES.
Código | Descripción |
S02 | Servicios de fletes |
S03 | Servicios de transporte de pasajeros |
S06 | Viajes y otros pagos con tarjetas |
S25 | Servicios del gobierno |
S26 | Servicios de salud por empresas de asistencia al viajero |
Como punto importante se destaca que las presentes disposiciones entrarán en vigencia el día 7/1/2022 y resultan de aplicación incluso para los contratos de servicios celebrados con anterioridad a esa fecha respecto de los cuales existan contraprestaciones monetarias pendientes de cancelación.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Enero de 2022.