07 abr SINTESIS INFORMATIVA N° 12/2017
Estatutos, Convenios y Escalas. Empleados de Comercio CCT 130/75 Incremento No Remunerativo desde el 01/04/2017 y 01/07/2017. Resolución (Subsecretaria Relaciones Laborales) 95/2017.
Se homologó el Acuerdo Salarial suscripto en el marco del CCT 130/75 de Empleados de Comercio.
El citado Acuerdo establece un incremento equivalente al 20%, a calcularse sobre las escalas salariales vigentes al mes de Abril de 2017, el cual se efectivizará de la siguiente manera:
– 10% a partir de Abril de 2017 con carácter no remunerativo, incorporándose a los salarios básicos a partir de Julio de 2017; y
– 10% a partir de Julio de 2017 con carácter no remunerativo, incorporándose a los salarios básicos a partir de Noviembre de 2017.
Asimismo, las partes asumen el compromiso de reunirse en los meses de Octubre de 2017 y Enero de 2018, a fin de analizar las posibles variaciones económicas y efectuar los ajustes incrementales que pudieran corresponder.
Por otra parte, se fija un aporte a cargo de los trabajadores encuadrados en el CCT 130/75 y afiliados a la Obra Social OSECAC de $ 100, durante la vigencia del presente Acuerdo.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Marzo de 2017