SINTESIS INFORMATIVA N° 23/2025

SINTESIS INFORMATIVA N° 23/2025

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS – Reglamentación de la presentación de estados contables y documentación anual para sociedades en la Provincia de Buenos Aires.

 

A través de la Disposición N.º 303/2025, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires (DPPJ) establece el marco procedimental y documental para la presentación anual de Estados Contables (EE.CC.) por parte de sociedades por acciones registradas en la Provincia de Buenos Aires.

A continuación, compartimos los aspectos más destacados:

1) Digitalización total del trámite

A partir de esta disposición, las sociedades deberán cumplir la presentación de EECC exclusivamente a través del Formulario Digital disponible en el sitio web oficial del organismo provincial.  (https://www.gba.gob.ar/dppj/comunicaciones/tramites_digitales)

2) Nuevo Anexo único obligatorio

Se sustituye el antiguo Anexo 27 por el nuevo “Anexo 9 – Formulario Estados Contables Sociedades”, que será el único formulario válido para todas las sociedades obligadas a la presentación anual, sin importar su tipo o régimen de fiscalización.

3) Flexibilización de los requisitos para las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente.

Las Micro y Pequeñas Empresas (según Leyes 24.467 y 25.300) que cuenten con Certificado MiPyME vigente podrán presentar sus EECC sin informe de auditoría independiente; en su lugar, se admitirá la firma del representante legal y la certificación de un Contador Público independiente, siempre que se trate de ejercicios cerrados hasta el 31 de diciembre de 2026.

4) Obligación de presentar el Certificado de Libre Deuda Alimentaria (RDAM)

Otra incorporación destacada es la exigencia de adjuntar el Certificado de Libre Deuda Alimentaria (RDAM), emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires, que deberá presentarse en formato PDF, vigente y digital, por cada persona humana que integre los órganos de administración, fiscalización o gobierno societario, al momento de iniciar el trámite de presentación de EECC.

 

Se recuerda que por la Disposición 43/2024 de la DPPJ se estableció la obligación de que las sociedades por acciones, no incluidas en el art. 299 de la ley 19.550, presenten sus estados contables ante el organismo, dentro de los treinta días corridos posteriores a la celebración de la Asamblea que los aprueba. 

Dicha obligación es operativa para los ejercicios económicos que finalicen a partir del 31/12/24, inclusive (DISPO-2024-89).

La falta de presentación de la documentación o su presentación fuera de término habilitará a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas a adoptar las sanciones correspondientes. Será considerada fuera de término la presentación realizada pasados los cinco (5) meses de vencido el ejercicio económico o vencido el plazo previsto en el párrafo precedente.

Asimismo, la presentación fuera de término abonará la tasa especial que a tal efecto se establezca.

El trámite se iniciará digitalmente ante esta Dirección Provincial mediante la utilización del formulario electrónico publicado a tal fin en el sitio oficial de internet del organismo (https://www.gba.gov.ar/dppj) el que deberá ser completado por el solicitante, constituyendo domicilio especial electrónico, adjuntando las correspondientes tasas administrativas y especiales, si así lo pretende, y la documentación enunciada a continuación. 

La presentación deberá ser efectuada por el representante legal de la sociedad o por el Contador/a Público/a que firma los estados contables y la documentación indicada a continuación en los ítems a, b, c, d, e y f se considerará presentada en carácter de declaración jurada respecto de su autenticidad y fidelidad de contenido. 

Documentación a adjuntar al formulario digital: 

a) Copia digital de la rúbrica del libro y del acta de reunión de Directorio donde se aprueba la memoria y se convoca a Asamblea. 

b) Copias digitales de publicación en el Boletín Oficial y del diario de mayor circulación en el que se publicó la convocatoria, salvo que sea una asamblea unánime. 

c) Copia digital de la rúbrica del libro y del acta de la asamblea aprobatoria de los estados contables. 

d) Un ejemplar del Balance General, Estado de Resultados, Cuadros y Anexos, y todo otro instrumento previsto en los artículos 61 a 66 de la Ley 19.550. Debiendo contener la memoria, en su caso el informe del órgano de fiscalización. 

e) Copia digital de la rúbrica del libro y del o los folios del Libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asamblea en el que se registró la asistencia de los socios, incluyendo su debido cierre que contendrá detalle de la cantidad de accionistas presentes, votos y el capital que representan. Deberá estar firmado por representante legal. 

f) Anexo 27, en el que se deberá consignar datos de la asamblea, del balance, la nómina de los integrantes del Directorio, y del Consejo de Vigilancia y Sindicatura si los hubiere, electos o renovados, precisando: cargo, nombre y apellido, tipo y número de documento, fecha de nacimiento, domicilio particular de cada uno.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, junio de 2025.