14 feb SINTESIS INFORMATIVA N° 05/2023
Creación del “Programa Monitoreo Fiscal” e implementación de un régimen de percepción del IVA aplicable a las operaciones de venta de productos alimenticios para consumo humano (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, artículos de higiene personal y limpieza.
Resolución General (AFIP) 5329/2023
A través de la RG (AFIP) 5329, se crea el “Programa de Monitoreo Fiscal” mediante el cual se controlarán en tiempo real las declaraciones juradas que presenten los contribuyentes y responsables. Donde, en una primera etapa, se realizará un control sobre las declaraciones juradas de IVA y Ganancias para personas jurídicas.
Asimismo, se crea un nuevo régimen de percepción del IVA, aplicable para hechos imponibles perfeccionados a partir del 1/4/2023, sobre las operaciones de venta de productos alimenticios para consumo humano (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que se realicen entre sujetos que revistan la calidad de responsables inscriptos. Los principales puntos del régimen son los siguientes
- El importe de la percepción se determinará aplicando sobre el precio neto de la operación las siguientes alícuotas:
- 3%: Para operaciones se encuentren gravadas con la alícuota del IVA del 21%
- 1.5%: Para operaciones se encuentren gravadas con la alícuota del IVA del 21%.
- La percepción aplicará cuando el monto de la misma sea superior a $60
- Por último, cabe señalar que a los efectos de solicitar la exclusión del régimen se implementará el “Registro de Sujetos no Alcanzados – Productos de Consumo Masivo”
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, febrero de 2023