23 nov SINTESIS INFORMATIVA N° 32/2023
Percepción de Ganancias y Bienes Personales sobre operaciones alcanzadas por el Impuesto PAÍS – Incremento de alícuotas
RG (AFIP) 5450/2023. B.O. 23/11/2023.
A través de la Resolución General (AFIP) 5450/2023, se establece que todas las operaciones que están alcanzadas por el Impuesto PAÍS, quedan sujetas a percepciones del 100% del Impuesto a las Ganancias y del 25% en el Impuesto sobre los Bienes Personales por las operaciones realizadas a partir del 23/11/2023.
Asimismo, se establece que dichas percepciones podrán computarse en las Declaraciones Juradas anuales del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los bienes personales correspondientes al primer período fiscal posterior a aquel en el que se practicaron las mencionadas percepciones. Es decir, las percepciones vinculadas a las operaciones realizadas entre el 23/11/2023 y el 31/12/2023 serán computables en la Declaración jurada del período fiscal 2024.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, noviembre de 2023.