30 sept SINTESIS INFORMATIVA N°45/2019
Relevamiento de Activos y Pasivos Externos – Modificaciones. Comunicación “A” 6795 BCRA
Mediante la comunicación “A” 6795, el BCRA dispone modificaciones sobre algunos aspectos correspondientes al Relevamiento de Activos y Pasivos Externos dados a conocer por la Comunicación “A” 6401.
Se agregan como declarantes a todas las personas jurídicas o humanas no incluídas en la Comunicación “A” 6401 que tuvieran deuda con no residentes, al final de los años 2018 o 2019. En estos casos la declaración es en formato simplificado.
A partir de los datos correspondientes al 1er trimestre de 2020 la declaración de éste Relevamiento se regirá por los siguientes lineamientos:
- Todas las personas jurídicas o humanas con pasivos externos a fin de cualquier trimestre calendario, o que los hubieran cancelado durante ese trimestre, deberán declarar el Relevamiento de Activos y Pasivos Externos.
- Aquellos declarantes para los cuales el saldo de activos y pasivos externos a fin de cada año alcance o supere el equivalente a los US$ 50 millones, deberán efectuar una presentación anual (la cual permitirá complementar, ratificar y/o rectificar las presentaciones trimestrales realizadas), la cual podrá ser presentada optativamente por cualquier persona jurídica o humana.”
Plazos:
Declaraciones trimestrales: 45 días corridos desde el cierre del trimestre calendario de referencia.
Presentaciones anuales: 180 días corridos desde el cierre del año calendario de referencia.
Vencimientos para las declaraciones anuales:
Las declaraciones anuales de las personas jurídicas o humanas no incluidas en la Com “A” 6401, del año 2018, vencen el 14/11/2019.
Correspondientes al año 2018 (muestras secundaria y complementaria): 30/09/2019.
Correspondientes al año 2019 (todas excepto la Principal): 14/02/2020.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, septiembre de 2019.