30 nov SINTESIS INFORMATIVA N° 48/2022
CABA – Régimen general de agentes de recaudación – Modificaciones
Resolución (AGIP Bs. As.) 352/2022 – B.O. 29/11/2022
A través de la Resolución 352/2022 la AGIP reemplaza e introduce modificaciones a los regímenes generales y particulares de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes que desarrollan actividades de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La presente normativa será de aplicación a partir del 1/1/2023.
A continuación, detallamos las modificaciones salientes:
- Podrán ser incorporados como Agentes de Recaudación, en función de la magnitud de sus operaciones y/o facturación, los sujetos que se encuentren comprendidos dentro de los siguientes parámetros:
- Contribuyentes locales: cuando hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos gravados, no gravados y exentos superiores a $500.000.000, siempre que el tributo declarado o determinado para dicho período hubiere superado los $ 24.000.000.
- Contribuyentes de Convenio Multilateral con sede o alta registrada en la jurisdicción:
- cuando hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos gravados, no gravados y exentos superiores a $500.000.000, siempre que, alternativamente, declaren un coeficiente unificado superior a 0,20,
- En los supuestos del artículo 14 del Convenio Multilateral (inicio de actividad en la jurisdicción) o sus regímenes especiales cuando hubieren declarado o determinado obligaciones en el impuesto por un monto superior a $ 24.000.000 en el año calendario anterior.
- Se fija en $ 10.000 el monto mínimo sujeto a retención y en $ 3.000 el monto mínimo sujeto a percepción.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, noviembre de 2022.