06 oct Síntesis Informativa N° 44/2016
Resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 470/2016. Domicilio Fiscal Electrónico. Prórroga del plazo de constitución.
Se prorrogo hasta el 31/10/2016 el plazo para constituir el domicilio fiscal electrónico en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -R. (AGIP Bs. As. cdad.) 405/2016-.
Se recuerda que se implemento, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el domicilio fiscal electrónico, el que será de carácter obligatorio para los contribuyentes y/o responsables de cualquier categoría dentro del impuesto sobre los ingresos brutos y para los agentes de recaudación.
El citado domicilio fiscal electrónico producirá, en el ámbito administrativo y judicial, los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidos y plenamente eficaces todas las notificaciones, los emplazamientos y las comunicaciones que allí se practiquen.
Asimismo, los actos administrativos comunicados en el referido domicilio se considerarán notificados en los siguientes momentos, el que ocurra primero:
– el día hábil en el que el contribuyente y/o responsable proceda a la apertura del documento digital que contiene la comunicación, o el día hábil administrativo siguiente si aquel fuera inhábil; o
– los días martes y viernes inmediatos posteriores a la fecha en que las notificaciones o comunicaciones se encontraran disponibles, o el día hábil administrativo siguiente si alguno de ellos fuere inhábil.
Por último, destacamos que la aplicación correspondiente para registrar el domicilio electrónico se encuentra disponible a partir del 1/9/2016, y deberá completarse hasta el 31/10/2016 para considerarse efectuada en término la registración, produciendo efectos a partir del 1/11/2016.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 4 de Octubre de 2016