Se incrementan las tasas de interés que cobrará la AFIP ...
19137
post-template-default,single,single-post,postid-19137,single-format-standard,ajax_fade,page_not_loaded,,qode-theme-ver-10.0,wpb-js-composer js-comp-ver-6.13.0,vc_responsive

SINTESIS INFORMATIVA N° 06/2024

SINTESIS INFORMATIVA N° 06/2024

Se incrementan las tasas de interés que cobrará la AFIP a partir del 1 de febrero de 2024.

RESOLUCIÓN (ME) 3/2024 B.O.: 22/01/2024.

 

Se incrementan las tasas de intereses resarcitorios, punitorios y de repetición de tributos, que aplicará la AFIP a partir del 1/2/2024. Señalamos que las tasas aplicables serán actualizadas en forma bimestral, según el siguiente detalle:

  • Interés resarcitorio: será equivalente a una coma tres (1,3) veces la Tasa Activa Efectiva Mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre. Cuando las obligaciones de que se trate se encuentren expresadas en dólares estadounidenses, la tasa será del cero coma ochenta y tres por ciento (0,83 %) mensual.
  • Interés punitorio: será equivalente a una coma cinco (1,5) veces la Tasa Activa Efectiva Mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre. Cuando las obligaciones de que se trate se encuentren expresadas en dólares estadounidenses, la tasa será del uno por ciento (1 %) mensual.
  • Interés aplicable a la repetición de tributos y a los supuestos de devolución, reintegro o compensación de los impuestos: será la Tasa Efectiva Mensual surgida de considerar el promedio de la tasa publicada por el Banco Central de la República Argentina en el apartado “Tasas de interés por depósitos a 30 días de plazo en entidades financieras” para el período de treinta (30) días finalizado el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre. Cuando se trate de conceptos expresados en dólares estadounidenses, la tasa de interés aplicable será del cero coma veinte, por ciento (0,20 %) mensual.

A su vez, comentamos el Organismo Fiscal publicó en su página web las tasas de intereses resarcitorios y punitorios aplicables desde el 1° de febrero

Las nuevas tasas son las siguientes:

  • Interés resarcitorio: 15.27 %
  • Interés punitorio: 17.62 %

 

 

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, enero de 2024.