Régimen de facilidades de pago permanente: AFIP reduce la tasa ..
19139
post-template-default,single,single-post,postid-19139,single-format-standard,ajax_fade,page_not_loaded,,qode-theme-ver-10.0,wpb-js-composer js-comp-ver-6.13.0,vc_responsive

SINTESIS INFORMATIVA N° 07/2024

SINTESIS INFORMATIVA N° 07/2024

Régimen de facilidades de pago permanente: AFIP reduce la tasa de interés de financiación para pequeñas, medianas empresas y entidades sin fines de lucro

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5481 B.O.: 30/01/2024.

 

 

Los planes de facilidades de pago que a partir del 1 de febrero de 2024 soliciten las pequeñas, medianas empresas y las entidades sin fines de lucro, abonarán una tasa de interés de financiación equivalente al 50%, 60% o 100% de la tasa de interés resarcitorio vigente, según el tipo de deuda que se trate.

Recordamos que la citada tasa de interés resarcitorio fue establecida en 15,27% mensual -por medio de la R. (ME) 3/2024- para los meses de febrero y marzo de 2024 (Enviada en la síntesis N° 6)

 

 

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, enero de 2024.