(Español) Nueva Rubrica de libros y documentación laboral. Implementación de sistema web.
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SINTESIS INFORMATIVA N° 14/2018

SINTESIS INFORMATIVA N° 14/2018

Nueva Rubrica de libros y documentación laboral. Implementación de sistema web. Tramite Digital

Continuando con lo informado en nuestras síntesis informativas 44/2017 y 07/2018, les detallo cómo será el trámite digital de la rúbrica del libro de sueldos

Pasos a seguir:

1.1. Autenticación de los Empleadores

En la pantalla de inicio de la aplicación web de RÚBRICA DIGITAL regulada por la Resolución Nº 2623/SSTIYC/2017, los empleadores deberán ingresar su número de CUIT previamente registrado en el «REGISTRO DE EMPLEADORES ON LINE» establecido por la Resolución Nº 1894/SSTIYC/2017, requisito sin el cual no podrá utilizarse la aplicación web de RÚBRICA DIGITAL.

Una vez ingresado el CUIT, el sistema verificará que el empleador se encuentre registrado en el «REGISTRO DE EMPLEADORES ON LINE» y si es su primer ingreso.

Generar clave, la misma la  envían al email declarado cuando se realizó el reempadronamiento.

1.2. Bandeja de Entradas de los Empleadores.  Una vez que el proceso de autenticación se realiza con éxito, el empleador accederá a la bandeja de documentos donde visualizará todos los documentos presentados

Para iniciar una solicitud de rúbrica digital, deberá hacer clic en el botón «Subir documentos»  Así, se iniciará el asistente de carga de documentos que tiene por finalidad realizar la presentación de un documento, de acuerdo a los siguientes pasos:

a) Ingresar datos y subir documento
b) Firma
c) Presentación
d) Generación de la boleta de pago
e) Anexar documentos
f) Finalizar

Paso 1: Ingresar datos y subir documento

El empleador deberá ingresar la información de la rúbrica digital que solicita.

Paso 2: Firma digital (este paso lo deberá realizar la persona que tenga registrada su firma digital o quien esta delegue dentro de la empresa)

Se procederá a la firma del documento subido, se abrirá el software para firmar online, debe seleccionar el certificado a firmar.

Paso 3: Presentar

En este paso, se verifican los datos principales guardados y mediante el botón «PRESENTAR» se procede a la presentación oficial del registro mensual cuya rúbrica se solicita.

Paso 4: Generación de la boleta de pago

Luego de efectuada la presentación, el sistema expondrá el botón para generar la Boleta Única Inteligente («BUI»), mediante la cual debe abonarse el arancel de rúbrica (conforme ley tarifaria vigente) en los medios disponibles. IMPORTANTE: Sin el pago de la BUI no se iniciará ni dará curso al procedimiento administrativo de solicitud de rúbrica digital.

Paso 5: Anexar documentos

En este paso, deberán cargarse los documentos obligatorios adicionales al registro mensual cuya rúbrica digital se solicita. A tal fin, deberá seleccionarse el documento en el menú desplegable disponible y seleccionar el archivo a subir según cada caso. IMPORTANTE: Deberán subirse todos los documentos obligatorios según normativa vigente para rúbrica digital de registros mensuales:

a) Constancia de Inscripción en AFIP.
b) F931 vigente. –
c) Informe Especial Precalificatorio.
d) Otros

Paso 6: Finalizar

En este último paso se deberá seleccionar el botón Finalizar para cerrar la presentación y que se visualice en la Bandeja de Documentos. Vale aclarar que hasta no finalizar la presentación, se pueden modificar los datos ingresados.

  1. Recepción y análisis del registro mensual por parte de SSTIYC

Una vez finalizada la presentación digital, la Gerencia Operativa de Rúbrica de la Dirección General de Empleo de la SSTIYC procederá a su evaluación y en caso de encontrarse aprobado, lo firmará digitalmente mediante la misma aplicación web, concluyendo el trámite de rúbrica por ese mes.

En los casos en los que la autoridad de control constate algún tipo de error en la documentación elevada a la aplicación web por parte del empleador, procederá a rechazar el trámite, aclarando el motivo del rechazo y que se debe subsanar. A los fines de subsanar el rechazo deberá generarse una nueva solicitud rectificatoria pero ingresando como opción en el menú desplegable del Paso 1 «TIPO DE LIQUIDACIÓN», «OTROS» y completando los restantes requisitos bajo el mismo procedimiento. Estos cambios de «estado» del trámite («Pendiente»;»Observado»; «Aprobado»), se visualizarán para el empleador en su Bandeja de Documentos de la aplicación web.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Marzo de 2018